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Devolución IRPF Uruguay 2025: Cómo Saber si Tenés y Cuánto Cobrás

14 min

Última revisión 18 de mayo de 2026

Nota: Este artículo cubre la devolución del ejercicio 2024 (presentada en 2025). Las cifras de BPC y deducciones que se mencionan corresponden a ese período. Para la devolución del ejercicio 2025 (que se presenta en 2026), los montos se actualizan con la BPC vigente de $6.864 según el Comunicado R 5/2026 del BPS: la deducción por hijo es de $137.280 anuales y la deducción por hijo con discapacidad es de $274.560 anuales.

Todos los años entre junio y agosto, la DGI devuelve plata a miles de uruguayos. Es el IRPF que te retuvieron de más durante el año anterior. Puede ser desde $5,000 hasta $50,000 o más, según tu situación.

El problema es que mucha gente no sabe si tiene devolución, no sabe cómo consultarlo, no presenta declaración jurada cuando debería, y se pierde deducciones que le harían cobrar más.

Qué es la devolución de IRPF

El IRPF es el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas. Si trabajás en relación de dependencia, tu empleador te descuenta IRPF todos los meses del sueldo. Esa retención es una estimación.

Al final del año, la DGI hace el cálculo real de cuánto IRPF tendrías que haber pagado considerando todo el año completo. Si te retuvieron más de lo que correspondía, te devuelven la diferencia.

Por qué te retienen de más: porque las retenciones mensuales se calculan como si todos los meses fueran iguales. Pero si tuviste meses sin trabajar, si cambiaste de trabajo, si tuviste gastos deducibles, o si tu situación familiar cambió, las retenciones mensuales no reflejan tu situación real anual.

Quién tiene devolución automática

Si trabajaste todo el año 2024 con un solo empleador y seguías trabajando en diciembre 2024, tenés devolución automática. No tenés que hacer nada. La DGI calcula automáticamente y te deposita la plata.

Para cobrar la devolución automática tenés que tener una cuenta bancaria registrada en la DGI o cobrás por redes de cobranza como Abitab o Redpagos.

La devolución automática no aplica si tuviste más de un empleador durante el año. Tampoco si optaste por la reducción de retenciones de IRPF por núcleo familiar durante el año. En esos casos tenés que presentar declaración jurada.

Cuándo se cobra en 2025

Las devoluciones automáticas del IRPF del ejercicio 2024 empiezan a pagarse el 13 de junio de 2025 para quienes tienen cuenta bancaria registrada. El 16 de junio de 2025 empiezan los pagos para quienes cobran por redes de cobranza.

Si presentás declaración jurada, los pagos empiezan el 28 de julio de 2025 para quienes presentaron antes del 15 de julio. Si presentás después del 15 de julio, el pago se efectúa el mes siguiente.

El plazo para presentar declaraciones juradas del ejercicio 2024 es del 7 de julio al 28 de agosto de 2025.

Cómo consultar si tenés devolución

Desde el 9 de junio de 2025 podés consultar si tenés devolución en el sitio de la DGI. Entrás a servicios en línea con tu identidad digital. Buscás "Consulta de Devoluciones" y ahí te dice si tenés devolución y cuánto.

Para entrar necesitás identidad digital. Si no la tenés, la sacás en gub.uy con tu cédula. Es gratis y te lleva cinco minutos.

La consulta te va a mostrar el monto de la devolución si tenés devolución automática. Si tenés que presentar declaración jurada, te va a avisar y te va a decir el motivo.

Quién tiene que presentar declaración jurada

Tenés que presentar declaración jurada si tuviste más de un empleador en 2024. También si tus ingresos nominales superaron los $925,350 anuales, que equivale a aproximadamente 12 BPC. Si querés aplicar deducciones por alquiler, hijos, cuotas hipotecarias, o cualquier otra deducción que no fue considerada en las retenciones mensuales, también tenés que presentar declaración jurada.

Presentar declaración jurada no es obligatorio si no superaste esos ingresos y tuviste un solo empleador, pero puede convenirte si tenés deducciones que aumentan tu devolución.

Las deducciones que te aumentan la devolución

Por cada hijo menor de edad a cargo podés deducir 20 BPC anuales. En 2025 la BPC vale $6,576, entonces son $131,520 anuales por hijo. Si tu hijo tiene discapacidad, la deducción se duplica a 40 BPC, que son $263,040 anuales.

Si tenés cónyuge o concubino a cargo sin ingresos propios, podés deducir 20 BPC anuales también, que son $131,520.

Los aportes a cajas de auxilio y seguros privados de salud son deducibles. Si pagás una mutualista privada además de Fonasa, podés deducir esos pagos.

Las cuotas de préstamos hipotecarios para primera vivienda son deducibles. No es el total del préstamo, son solo las cuotas que pagaste durante el año.

Las cuotas mutuales personales y de dependientes directos también se deducen. Las donaciones a instituciones autorizadas por la DGI son deducibles hasta cierto límite.

El crédito fiscal por alquiler

Si alquilás una vivienda, tenés un crédito fiscal del 6% del alquiler que pagaste durante el año. Importante: es crédito fiscal, no deducción. Se descuenta directo del IRPF que tenés que pagar.

Para acceder necesitás que el contrato de alquiler esté registrado por escrito y tenga un plazo de 12 meses o más. El inmueble tiene que ser tu vivienda permanente.

Un ejemplo: alquilás por $25,000 al mes. En el año son $300,000 de alquiler. El 6% de $300,000 son $18,000 de crédito fiscal. Esos $18,000 se descuentan directo de tu IRPF anual. Si tu IRPF del año fue $30,000, con el crédito por alquiler te quedan $12,000 de IRPF. Te devuelven la diferencia entre lo que te retuvieron y esos $12,000.

El monto del crédito no puede superar el IRPF que pagaste en el año. Si tu IRPF del año fue $10,000 y tu crédito por alquiler es $18,000, solo podés usar $10,000 de crédito.

Cómo presentar la declaración jurada

Entrás al sitio de la DGI con tu identidad digital. Vas a Servicios en Línea, buscás Declaración IRPF. El sistema ya tiene precargados tus ingresos del año porque los empleadores informan a la DGI cuánto te pagaron.

Tenés que revisar que los ingresos estén bien. Después agregás las deducciones que te corresponden: hijos, cónyuge a cargo, gastos médicos, aportes a mutualista, cuotas hipotecarias, lo que aplique en tu caso.

Para el crédito fiscal por alquiler tenés que tener a mano el contrato de alquiler y los recibos de pago. El sistema te va a pedir que informes el monto mensual del alquiler y el período.

Después de cargar todo, el sistema calcula automáticamente si tenés devolución o si tenés que pagar IRPF adicional. Si tenés devolución, te muestra el monto. Confirmás todo y presentás la declaración.

Si tenés devolución, la DGI te deposita la plata dentro de 45 a 60 días de presentada la declaración. Si la presentaste antes del 15 de julio, cobrás el 28 de julio. Si presentaste después, cobrás el mes siguiente.

Errores comunes que te hacen perder plata

No presentar declaración jurada cuando te corresponden deducciones es el error más grande. Hay gente que alquila, tiene hijos a cargo, paga mutualista, y no presenta declaración jurada. Se pierde toda esa devolución.

Otro error es no tener registrado el contrato de alquiler por escrito. Si tu contrato es verbal o no está registrado, no podés acceder al crédito fiscal por alquiler. Perdés el 6% del alquiler anual en devolución.

No actualizar tu situación familiar en el sistema también te hace perder plata. Si tuviste un hijo en 2024 y no lo informaste, no te van a aplicar la deducción de 20 BPC. Son $131,520 menos de deducción, que se traducen en menos devolución.

Presentar la declaración después del 28 de agosto te hace perder el derecho a la devolución de ese año. No es que la perdés para siempre, pero tenés que hacer trámites extra y tarda mucho más.

No guardar los comprobantes de las deducciones también es problema. Si la DGI te pide que justifiques una deducción y no tenés los comprobantes, te la pueden rechazar.

Cuánto podés cobrar de devolución

Los montos de devolución varían mucho según cada caso. Alguien que gana $60,000 por mes, alquila por $20,000, tiene un hijo y paga mutualista privada puede tener devolución de entre $20,000 y $40,000 en el año.

Una persona que gana $40,000 por mes, alquila por $15,000 y no tiene otras deducciones puede tener devolución de $8,000 a $15,000.

Si ganás menos del mínimo no imponible, que son aproximadamente $46,032 anuales, no pagás IRPF y por lo tanto no tenés devolución.

Las devoluciones más altas son para gente que tiene muchas deducciones: varios hijos, alquiler alto, cuota hipotecaria, mutualista privada, aportes a cajas de auxilio. Esas devoluciones pueden llegar a $50,000 o más.

Si tuviste más de un empleador

Cuando tenés más de un empleador en el año, cada uno te retiene IRPF por separado calculando como si fuera tu único ingreso. El problema es que al sumar los ingresos de ambos empleadores, a veces pasás a una franja más alta de IRPF.

Supongamos que en el primer semestre ganaste $50,000 en un trabajo. En el segundo semestre cambiaste y ganaste $60,000 en otro. Cada empleador te retuvo IRPF según su propia escala. Pero al final del año, la DGI suma todo y calcula el IRPF sobre el total anual. Pueden pasar dos cosas: que te hayan retenido de más y te devuelvan plata, o que te hayan retenido de menos y tengas que pagar.

Por eso si tuviste más de un empleador es obligatorio presentar declaración jurada. Para que la DGI ajuste las retenciones del año y te devuelva o te cobre la diferencia.

Si estuviste en seguro de paro

Los meses que estuviste en seguro de paro no generan IRPF porque el seguro de paro no es renta de trabajo. Esos meses reducen tu base imponible anual, lo que generalmente resulta en que te retuvieron IRPF de más en los meses que sí trabajaste.

Si trabajaste seis meses y estuviste seis meses en seguro de paro, tu ingreso anual es mucho menor que si hubieras trabajado los 12 meses. Las retenciones de IRPF que te hicieron en los seis meses que trabajaste probablemente fueron calculadas como si fueras a trabajar todo el año. Al hacer el ajuste anual, te devuelven parte de ese IRPF.

Para acceder a la devolución en este caso tenés que presentar declaración jurada informando los meses en seguro de paro.

El caso de los freelancers

Si trabajás como freelancer y facturás, también pagás IRPF pero de otra forma. No te lo retienen mensualmente, vos lo pagás al momento de facturar.

Los freelancers tienen deducciones especiales. Podés deducir hasta el 30% de los ingresos en concepto de gastos presuntos. También podés deducir gastos reales si los tenés documentados: computadora, internet, oficina, viajes, lo que sea necesario para tu actividad.

Si sos freelancer y tenés ingresos altos, probablemente no tengas devolución sino que tengas que pagar IRPF adicional. Pero si tus ingresos fueron bajos o tuviste muchos gastos deducibles, podés tener devolución.

Devolución y aguinaldo

El aguinaldo tiene un tratamiento especial en el IRPF. Para el aguinaldo de junio, si tu sueldo supera las 10 BPC mensuales, ya te vienen descontando un 6% extra todos los meses durante el año para cubrir el IRPF del aguinaldo. Por eso en la devolución de IRPF, ese 6% ya está considerado.

Si tu sueldo no llega a las 10 BPC mensuales, no te descuentan ese 6% mensual pero tampoco te descuentan IRPF del aguinaldo de junio. En la declaración anual, el aguinaldo de junio se suma a tus ingresos anuales pero ya fue tratado correctamente durante el año.

Para el aguinaldo de diciembre se aplica una tasa proporcional. En la liquidación anual de IRPF, ese aguinaldo se incluye en tus ingresos totales y ya fue gravado con su tasa proporcional.

Qué hacer con la devolución

Cuando te llega la devolución de IRPF, la tentación es gastarla toda. Pero pensá que esa plata no es un regalo del gobierno. Es plata tuya que te retuvieron de más durante el año. Es como si te hubieran guardado plata sin intereses y ahora te la devuelven.

Si tenés deudas caras, especialmente tarjeta de crédito, usá la devolución para pagarlas. El interés de la tarjeta es 50% o más anual. Pagar esa deuda te ahorra mucho en intereses.

Si no tenés deudas caras, reforzá tu fondo de emergencia. Si todavía no tenés tres a seis meses de gastos guardados, la devolución es perfecta para eso.

También podés usarla para gastos anuales que ya sabés que vienen: matrícula del liceo, seguro del auto, viaje de vacaciones. En vez de financiar esas cosas en cuotas, pagalas con la devolución y evitás intereses.

Invertir la devolución también es opción. Plazo fijo, UI, fondos de inversión, lo que sea que te haga sentido según tu perfil. Es plata que no esperabas tener disponible de golpe, aprovecharla para construir patrimonio es inteligente.

Casos especiales

Si te jubilaste durante el año, igual podés tener devolución de IRPF por los meses que trabajaste. Los jubilados pagan IASS en vez de IRPF, pero el período en que trabajaste se liquida con IRPF y puede haber devolución.

Si te fuiste del país durante el año y dejaste de ser residente fiscal, tu tratamiento es distinto. Tenés que informarlo a la DGI y hacer una liquidación especial. Puede haber devolución pero el trámite es más complejo.

Si fallece un familiar y tenés que gestionar su devolución de IRPF, podés hacerlo como heredero. Necesitás declaratoria de herederos y otros documentos. La devolución se deposita a nombre de la sucesión.

Errores en la liquidación

Si creés que la DGI se equivocó en el cálculo de tu devolución, podés hacer un reclamo. Entrás al sitio de la DGI, buscás el área de reclamos, y presentás tu caso explicando por qué creés que el cálculo está mal.

Tenés que tener documentación que respalde tu reclamo. Si decís que te falta aplicar una deducción, tenés que mostrar los comprobantes. Si decís que tus ingresos están mal informados, tenés que tener los recibos de sueldo.

La DGI tiene un plazo para revisar tu reclamo. Si te dan la razón, te ajustan la liquidación y te pagan la diferencia. Si rechazan tu reclamo, te explican por qué.

Preguntas frecuentes

¿Si no cobré la devolución del año pasado, la pierdo? No, podés reclamarla. La DGI guarda las devoluciones no cobradas. Entrás a consulta de devoluciones y vas a ver todas las devoluciones pendientes de cobro de años anteriores.

¿Puedo cobrar la devolución en efectivo? Sí, si no tenés cuenta bancaria registrada, podés cobrar por Abitab o Redpagos. Te llega un código por correo o SMS y vas a cobrar.

¿Cuánto tarda en llegar la plata después de que la DGI dice que está aprobada? Si es devolución automática y tenés cuenta bancaria, llega en uno o dos días hábiles. Si es por redes de cobranza, podés ir a cobrar enseguida con el código.

¿Tengo que pagar impuestos sobre la devolución de IRPF? No, la devolución de IRPF no tributa ningún impuesto. Es devolución de plata que ya era tuya.

¿Si presenté la declaración y me equivoqué, puedo corregirla? Sí, podés presentar una declaración rectificativa. Entrás al sistema, modificás lo que estaba mal, y la volvés a presentar. Esto solo se puede hacer antes de que la DGI haga la liquidación.

Calendario 2025 completo

9 de junio: habilitación de consulta de devoluciones en el sitio de la DGI. Podés ver si tenés devolución automática y cuánto.

13 de junio: inicio de pagos de devoluciones automáticas para quienes tienen cuenta bancaria registrada.

16 de junio: inicio de pagos de devoluciones automáticas por redes de cobranza.

7 de julio: inicio del plazo para presentar declaraciones juradas del ejercicio 2024.

28 de julio: pago de devoluciones para quienes presentaron declaración jurada antes del 15 de julio.

28 de agosto: cierre del plazo para presentar declaraciones juradas sin multa.

Después del 28 de agosto: si presentás declaración fuera de plazo, tenés multa y la devolución tarda más.

Empezá a prepararte ahora

Si sabés que vas a presentar declaración jurada, empezá a juntar los comprobantes ahora. Recibos de alquiler, comprobantes de gastos médicos, recibos de mutualista, comprobantes de cuotas hipotecarias, todo lo que necesites para justificar deducciones.

Si tu contrato de alquiler no está por escrito o no está registrado, hacelo ahora. No esperes a junio. Cuanto antes tengas el contrato en orden, mejor.

Si tenés dudas sobre si te corresponden deducciones, consultá con un contador ahora. No esperes a julio cuando todo el mundo está presentando declaraciones y los contadores están saturados.

Revisá tu situación familiar. Si tuviste hijos, si te casaste, si tu cónyuge dejó de trabajar, lo que sea que haya cambiado en tu vida y pueda afectar tu IRPF, asegurate de tenerlo documentado.

La devolución de IRPF no es magia. Es un ajuste de lo que ya pagaste. La diferencia entre cobrar $5,000 o cobrar $30,000 muchas veces es simplemente presentar la declaración jurada con todas las deducciones que te corresponden.

No dejes plata en la mesa. Si te corresponde, reclamala.


Referencias

  1. DGI - Dirección General Impositiva
  2. Servicios en Línea DGI
  3. Pluxee - Devolución IRPF 2025
  4. El Observador - IRPF Uruguay
  5. Montevideo Portal - Devoluciones IRPF
  6. Trámites Online Uruguay

Información actualizada a octubre 2025. Los plazos y montos pueden variar según resoluciones de la DGI. Consultá siempre el sitio oficial de la DGI para información actualizada.

Fuentes y verificación

Este artículo se contrastó contra fuentes oficiales antes de publicarse y se revisa periódicamente. Si encontrás información desactualizada o querés señalar un error, escribinos y lo corregimos.

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