Si hay algo que como uruguayo no podés permitirte es perder una fecha de vencimiento fiscal. La DGI no perdona. El BPS tampoco. Las multas y recargos se acumulan más rápido de lo que pensás, y lo peor es que muchas veces no te enterás de que vencía algo hasta que ya es tarde.
Este calendario fiscal 2026 es tu mapa completo. Todas las fechas de vencimiento organizadas mes por mes: IRPF, IVA, IRAE, aportes al BPS, FONASA, aguinaldo, contribución inmobiliaria, y todo lo que necesitás tener controlado. Guardalo, imprimilo, ponelo en el refrigerador. Lo que quieras. Pero no te olvides de estas fechas.
Antes de Arrancar: Conceptos Clave
Para que el calendario tenga sentido, necesitás entender algunos conceptos básicos sobre cómo funcionan los vencimientos en Uruguay.
Terminación de RUT
La mayoría de los vencimientos de DGI dependen del último dígito de tu RUT (o cédula, que es tu RUT para personas físicas). Si tu cédula termina en 0-3, vencés antes que alguien cuya cédula termina en 8-9. Esto distribuye la carga administrativa a lo largo de varios días.
| Terminación RUT/CI | Grupo |
|---|---|
| 0, 1, 2, 3 | Grupo 1 - Vence primero |
| 4, 5, 6 | Grupo 2 - Vence segundo |
| 7, 8, 9 | Grupo 3 - Vence tercero |
Las fechas exactas varían cada mes. DGI publica un calendario oficial al inicio de cada año con los días específicos para cada grupo. Acá te damos las fechas generales del mes, y vos ajustás según tu grupo.
Tipos de contribuyentes
- Dependientes (empleados): La mayoría de tus impuestos los retiene tu empleador. Pero tenés que presentar declaración jurada de IRPF si tenés más de un empleo, ingresos adicionales, o querés reclamar deducciones.
- Independientes (freelancers, monotributo, unipersonal): Vos sos responsable de pagar tus impuestos y aportes. No te los retiene nadie.
- Empresas (SAS, SRL, SA): Tienen su propio calendario de obligaciones que es más complejo.
BPS vs DGI
BPS (Banco de Previsión Social) cobra los aportes de seguridad social: jubilación, FONASA, FRL. DGI cobra los impuestos: IRPF, IVA, IRAE, IP. Son dos organismos diferentes con calendarios diferentes.
Calendario Mes por Mes: 2026
Enero 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/01 | Pago BPS - diciembre | Empresas y monotributistas | Aportes patronales y personales del mes anterior |
| 20/01 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo mensual de diciembre |
| 25/01 | IVA mensual - diciembre | Contribuyentes de IVA mensual | Declaración y pago IVA de diciembre |
| 25/01 | Monotributo - enero | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 31/01 | Contribución Inmobiliaria - 1era cuota | Propietarios de inmuebles (varía por intendencia) | Cuota de contribución inmobiliaria |
Ojo: Enero es un mes donde muchos se relajan. Pero los vencimientos no esperan. Si sos independiente o monotributista, el pago de BPS y la cuota de monotributo siguen cayendo normalmente.
Febrero 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/02 | Pago BPS - enero | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/02 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de enero |
| 25/02 | IVA mensual - enero | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/02 | Monotributo - febrero | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 28/02 | Cierre información IRPF empleadores | Empleadores | Información de retenciones del año anterior |
Marzo 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/03 | Pago BPS - febrero | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/03 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de febrero |
| 25/03 | IVA mensual - febrero | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/03 | Monotributo - marzo | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 31/03 | IVA trimestral - 4to trim. 2025 | Contribuyentes IVA trimestral | Declaración y pago del trimestre oct-dic |
Importante: Marzo es cuando empieza la temporada fuerte de declaraciones juradas. Si sos independiente, andá preparando toda la documentación del año anterior.
Abril 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/04 | Pago BPS - marzo | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/04 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de marzo |
| 25/04 | IVA mensual - marzo | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/04 | Monotributo - abril | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 30/04 | Contribución Inmobiliaria - 2da cuota | Propietarios (varía por intendencia) | Segunda cuota de contribución |
Mayo 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/05 | Pago BPS - abril | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/05 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de abril |
| 25/05 | IVA mensual - abril | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/05 | Monotributo - mayo | Monotributistas | Cuota fija mensual |
Atención: En mayo empiezan los vencimientos de las declaraciones juradas anuales. Es el mes clave para presentar IRPF, IP y otras declaraciones del ejercicio 2025.
No pierdas de vista tus fechas
Con Ahorrin podés ver tus gastos organizados y prepararte para cada vencimiento. Sabé cuánto tenés disponible antes de que llegue la fecha de pago.
Organizá tus Finanzas Gratis →
Junio 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/06 | Pago BPS - mayo | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/06 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de mayo |
| 25/06 | IVA mensual - mayo | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/06 | Monotributo - junio | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 30/06 | Aguinaldo primera cuota | Todos los empleadores | Pago obligatorio del medio aguinaldo de junio |
| 30/06 | IVA trimestral - 1er trim. 2026 | Contribuyentes IVA trimestral | Declaración y pago ene-mar |
El aguinaldo de junio es sagrado. Tu empleador tiene hasta el 30 de junio para pagarte la primera cuota del aguinaldo. Si no lo hace, está en infracción. El monto es la doceava parte de lo que ganaste entre diciembre del año anterior y mayo del corriente.
Julio 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/07 | Pago BPS - junio | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/07 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de junio |
| 25/07 | IVA mensual - junio | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/07 | Monotributo - julio | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 31/07 | Contribución Inmobiliaria - 3era cuota | Propietarios (varía por intendencia) | Tercera cuota de contribución |
Agosto 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/08 | Pago BPS - julio | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/08 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de julio |
| 25/08 | IVA mensual - julio | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/08 | Monotributo - agosto | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| Agosto | Declaración Jurada IRPF anual | Dependientes con más de un empleo, independientes | DDJJ del ejercicio 2025 (fecha exacta según terminación RUT) |
| Agosto | Declaración Jurada IP anual | Personas con patrimonio gravado | DDJJ del ejercicio 2025 |
Agosto es el mes más cargado del año fiscal. Además de las obligaciones mensuales regulares, caen los vencimientos de las declaraciones juradas anuales de IRPF e Impuesto al Patrimonio. Si sos independiente, este es el mes que más te importa preparar con tiempo.
Septiembre 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/09 | Pago BPS - agosto | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/09 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de agosto |
| 25/09 | IVA mensual - agosto | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/09 | Monotributo - septiembre | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 30/09 | IVA trimestral - 2do trim. 2026 | Contribuyentes IVA trimestral | Declaración y pago abr-jun |
Octubre 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/10 | Pago BPS - septiembre | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/10 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de septiembre |
| 25/10 | IVA mensual - septiembre | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/10 | Monotributo - octubre | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 31/10 | Contribución Inmobiliaria - 4ta cuota | Propietarios (varía por intendencia) | Última cuota de contribución |
Noviembre 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/11 | Pago BPS - octubre | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/11 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de octubre |
| 25/11 | IVA mensual - octubre | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/11 | Monotributo - noviembre | Monotributistas | Cuota fija mensual |
Noviembre es el mes para empezar a prepararse para diciembre. Si tenés que hacer pagos grandes en diciembre (aguinaldo, cierres), empezá a separar la plata ahora.
Diciembre 2026
| Fecha | Obligación | ¿A quién aplica? | Detalle |
|---|---|---|---|
| 20/12 | Pago BPS - noviembre | Empresas y monotributistas | Aportes del mes anterior |
| 20/12 | IRPF anticipos mensuales | Trabajadores independientes | Anticipo de noviembre |
| 24/12 | Aguinaldo segunda cuota | Todos los empleadores | Pago obligatorio del medio aguinaldo de diciembre |
| 25/12 | IVA mensual - noviembre | Contribuyentes IVA mensual | Declaración jurada y pago |
| 25/12 | Monotributo - diciembre | Monotributistas | Cuota fija mensual |
| 31/12 | IVA trimestral - 3er trim. 2026 | Contribuyentes IVA trimestral | Declaración y pago jul-sep |
| 31/12 | Cierre del ejercicio fiscal 2026 | Todos | Fecha de corte para patrimonio, rentas y balances |
El aguinaldo de diciembre vence el 24. Tu empleador tiene que pagarte antes de Nochebuena. El monto es la doceava parte de lo que ganaste entre junio y noviembre del corriente año.
Resumen Visual: Las Fechas Clave del Año
Para que lo tengas en un vistazo rápido, estas son las fechas recurrentes que se repiten todos los meses y las fechas especiales del año.
Fechas que se repiten TODOS los meses
| Día del mes | Obligación | Quién |
|---|---|---|
| 20 | Pago BPS (aportes patronales y personales) | Empresas, independientes |
| 20 | Anticipo mensual IRPF | Independientes |
| 25 | IVA mensual (declaración y pago) | Contribuyentes IVA mensual |
| 25 | Monotributo (cuota fija) | Monotributistas |
Fechas especiales del año 2026
| Mes | Fecha | Obligación |
|---|---|---|
| Enero | 31/01 | Contribución Inmobiliaria - 1era cuota |
| Marzo | 31/03 | IVA trimestral - 4to trim. 2025 |
| Abril | 30/04 | Contribución Inmobiliaria - 2da cuota |
| Junio | 30/06 | Aguinaldo - 1era cuota |
| Junio | 30/06 | IVA trimestral - 1er trim. 2026 |
| Julio | 31/07 | Contribución Inmobiliaria - 3era cuota |
| Agosto | Según RUT | DDJJ IRPF anual (ejercicio 2025) |
| Agosto | Según RUT | DDJJ IP anual (ejercicio 2025) |
| Septiembre | 30/09 | IVA trimestral - 2do trim. 2026 |
| Octubre | 31/10 | Contribución Inmobiliaria - 4ta cuota |
| Diciembre | 24/12 | Aguinaldo - 2da cuota |
| Diciembre | 31/12 | IVA trimestral - 3er trim. 2026 |
| Diciembre | 31/12 | Cierre ejercicio fiscal |
Detalle por Tipo de Impuesto
IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas)
Si sos dependiente (empleado), tu empleador retiene el IRPF mensualmente de tu sueldo. No tenés que hacer nada mes a mes. Pero si tenés más de un empleo, ingresos adicionales, o querés reclamar deducciones, tenés que presentar la declaración jurada anual en agosto.
Si sos independiente, pagás anticipos mensuales de IRPF. El anticipo se calcula sobre los ingresos del mes anterior, aplicando las tasas progresivas del IRPF. Estos anticipos vencen alrededor del 20 de cada mes. Al final del año, presentás la declaración jurada anual donde se ajusta todo: si pagaste de más, te devuelven; si pagaste de menos, pagás la diferencia.
¿Cuándo te conviene presentar la DDJJ aunque no sea obligatorio? Si alquilás vivienda, si tenés hijos a cargo que no informaste al empleador, si hiciste aportes voluntarios a AFAP, o si pagás cuota hipotecaria. En todos esos casos, probablemente te devuelvan plata.
Si querés entender el IRPF a fondo, leé nuestra guía completa de IRPF Uruguay 2026.
IVA (Impuesto al Valor Agregado)
El IVA es el impuesto al consumo. Si sos contribuyente de IVA (tenés una empresa o sos profesional independiente que factura con IVA), tenés que declarar y pagar el IVA mensual o trimestralmente.
- IVA mensual: Aplica a contribuyentes con ingresos anuales mayores a cierto umbral. Vence alrededor del 25 de cada mes.
- IVA trimestral: Para contribuyentes más chicos. Vence al final del mes siguiente al cierre del trimestre.
La declaración jurada de IVA se presenta en los Servicios en Línea de DGI. Tenés que declarar el IVA de tus ventas (IVA ventas) y restar el IVA de tus compras (IVA compras). La diferencia es lo que pagás.
BPS (Aportes de Seguridad Social)
Los aportes al BPS cubren jubilación, FONASA (salud), seguro de enfermedad, y FRL (Fondo de Reconversión Laboral).
- Empleadores: Pagan alrededor del 20 de cada mes. Incluye la parte patronal y la parte personal que retuvieron al trabajador.
- Monotributistas: Pagan la cuota fija alrededor del 25 de cada mes.
- Independientes no monotributistas: Pagan aportes según sus ingresos facturados.
El BPS es implacable con los morosos. Si te atrasás, los recargos se acumulan rápido. Y si estás en mora con el BPS, no podés sacar certificado de estar al día, lo que te complica para hacer trámites, contratar con el Estado, o vender una propiedad.
IRAE (Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas)
El IRAE es el impuesto a la renta de las empresas. La tasa es del 25% sobre la renta neta fiscal. Si tenés una SAS, SRL, o SA, tu empresa paga IRAE.
Los anticipos de IRAE se pagan mensualmente (generalmente con el IVA). La declaración jurada anual se presenta en el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio.
La mayoría de las empresas en Uruguay cierran ejercicio el 31 de diciembre, por lo que la DDJJ anual de IRAE vence generalmente en abril del año siguiente.
Contribución Inmobiliaria
No es un impuesto de DGI sino de la intendencia municipal. Se paga sobre el valor catastral de tus inmuebles. Generalmente se divide en 4 cuotas anuales, pero las fechas exactas dependen de cada intendencia.
En Montevideo, las cuotas suelen caer en enero, abril, julio y octubre. En el interior, las fechas pueden variar. Consultá la web de tu intendencia para las fechas exactas.
Tip: Muchas intendencias ofrecen un descuento por pago anticipado de la contribución inmobiliaria. Si pagás todo el año de una sola vez en enero, te hacen un descuento que puede ser del 10% al 15%. Si tenés la plata, conviene.
Controlá cada peso que entra y sale
Con Ahorrin importás tus extractos bancarios y ves exactamente a dónde va tu plata. Así podés separar lo que necesitás para cada vencimiento fiscal sin sorpresas.
Empezá a Controlar tus Gastos →
Aguinaldo 2026: Las Dos Fechas que No Podés Olvidar
El aguinaldo (sueldo anual complementario) se paga en dos cuotas:
Primera cuota: 30 de junio
Se calcula como la doceava parte de todas las remuneraciones (salario, horas extra, comisiones, etc.) percibidas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026.
Ejemplo: Si ganaste $50,000 por mes durante esos 6 meses = $300,000 total. El aguinaldo es $300,000 / 12 = $25,000.
Segunda cuota: 24 de diciembre
Se calcula como la doceava parte de las remuneraciones percibidas entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2026.
Ojo: El aguinaldo tributa IRPF. Si tu sueldo supera cierto umbral, tu empleador retiene un porcentaje adicional durante el año para cubrir el IRPF del aguinaldo.
Si querés saber más sobre cómo se calcula el aguinaldo, tenemos una guía completa de aguinaldo.
Qué Pasa Si Te Atrasás: Multas y Recargos
Atrasarte con la DGI o el BPS no es como atrasarte con una tarjeta de crédito. Las consecuencias son más duras.
Multas por mora (DGI)
- Recargo por mora: Se aplica un porcentaje mensual sobre el impuesto adeudado. La tasa de recargo la fija la DGI y varía pero suele rondar el 5% al 10% mensualizado. Se capitaliza mensualmente.
- Multa por contravención: Si no presentás una declaración jurada que debías presentar, la multa puede ir de 1 a 5 veces el monto del impuesto. En la práctica suele ser más moderada, pero depende del caso.
Multas por mora (BPS)
- Multa por pago fuera de fecha: El BPS cobra multas que se calculan de forma similar a las de DGI. Si pagás tarde, se acumulan recargos.
- Pérdida de certificado de vigencia: Si debés al BPS, no te dan el certificado de estar al día. Sin ese certificado no podés hacer muchos trámites: vender una propiedad, cobrar de organismos públicos, participar en licitaciones.
Cómo evitar las multas
Armá un calendario con recordatorios
Metele las fechas en Google Calendar con alarmas 3 días antes. Parece básico pero funciona.
Usá débito automático cuando sea posible
Tanto DGI como BPS permiten débito automático de cuenta bancaria. Te olvidás del tema y nunca te atrasás.
Separá la plata de impuestos ni bien cobrás
Si sos independiente, separar el 30-35% de cada cobro para impuestos y aportes. Ponerlo en una cuenta aparte.
Tené un contador si facturás
Un buen contador te avisa de los vencimientos, te prepara las declaraciones, y te evita errores que salen caros.
Calendario para Monotributistas: Súper Simplificado
Si sos monotributista, tu vida fiscal es mucho más simple. Esto es todo lo que tenés que hacer:
| Frecuencia | Obligación | Dónde se paga | Vencimiento |
|---|---|---|---|
| Mensual | Cuota monotributo (~$3.000) | BPS (RedPagos, Abitab, débito) | 25 de cada mes |
| Anual | Declaración jurada informativa | DGI online | Según calendario DGI |
| Semestral (si aplica) | Constancia de ingresos | DGI | Cuando lo requieran |
Eso es todo. No tenés que presentar declaración de IVA (no facturás con IVA), no tenés que hacer anticipos de IRPF (tu cuota lo incluye), no tenés que calcular nada. Pagás tu cuota fija mensual y listo.
La única complicación es si superás el límite de facturación anual (183.000 UI, unos $1.175.000 por año). Si lo superás, te tenés que cambiar de régimen. Andá controlando tu facturación acumulada para no pasarte.
Calendario para Freelancers que Facturan al Exterior
Si sos freelancer en IT o servicios profesionales que factura al exterior, tu calendario es diferente al de un monotributista y al de un empleado. Acá te va el resumen.
| Frecuencia | Obligación | Detalle |
|---|---|---|
| Mensual | BPS aportes | Pagás alrededor del 20, sobre tu ingreso ficto o real |
| Mensual | Anticipo IRPF | Pagás sobre tus ingresos del mes, alrededor del 20 |
| Mensual | IVA (si aplica) | Exportación de servicios está exenta de IVA, pero tenés que declarar igual |
| Anual | DDJJ IRPF | En agosto, ajustás anticipos vs impuesto real |
| Anual | DDJJ IP (si corresponde) | Si tu patrimonio supera el mínimo |
Exportación de servicios e IVA: Los servicios prestados a empresas del exterior están exentos de IVA en Uruguay. Pero igualmente tenés que estar inscripto en IVA y presentar la declaración mensual (declarando ventas exentas). Es un trámite, pero no pagás IVA sobre esos ingresos.
Si querés una guía completa sobre impuestos para freelancers, leé nuestro post sobre impuestos para freelancers en Uruguay.
Preguntas Frecuentes
¿Qué pasa si un vencimiento cae en feriado o fin de semana?
Generalmente se corre al siguiente día hábil. Si el 25 cae sábado, el vencimiento pasa al lunes 27. Pero verificalo en el calendario oficial de DGI porque a veces hay excepciones.
¿Puedo pagar antes del vencimiento?
Sí, podés pagar cuando quieras antes de la fecha de vencimiento. No hay penalización por pagar anticipado. De hecho, si pagás la contribución inmobiliaria completa al principio del año, muchas intendencias te dan descuento.
¿Cómo sé qué impuestos me corresponden?
Si sos empleado y no tenés ingresos adicionales, lo único que te importa es el aguinaldo y eventualmente la declaración jurada de IRPF si querés reclamar deducciones. Todo lo demás te lo retiene el empleador.
Si sos independiente o tenés empresa, necesitás un contador que te diga exactamente qué obligaciones tenés según tu actividad y estructura jurídica.
¿Dónde veo el calendario oficial de DGI?
En la web de DGI (www.dgi.gub.uy) publican el calendario anual de vencimientos al inicio de cada año. Ahí aparecen las fechas exactas para cada grupo según terminación de RUT.
¿El BPS y la DGI tienen las mismas fechas?
No necesariamente. El BPS tiene su propio calendario de vencimientos. Generalmente los aportes vencen alrededor del 20 de cada mes, pero las fechas exactas pueden variar. Consultá el calendario de BPS en www.bps.gub.uy.
¿Qué hago si no puedo pagar a tiempo?
Lo peor que podés hacer es no hacer nada. Si sabés que no vas a poder pagar, hay opciones:
- Convenio de pago con DGI: Podés solicitar un plan de pago en cuotas. DGI es bastante razonable con los convenios.
- Convenio con BPS: Similar al de DGI. Podés pagar en cuotas.
- Pagar parcial: Siempre es mejor pagar algo que nada. Pagá lo que puedas y después regularizá el resto.
¿Los impuestos se ajustan por inflación?
Sí. Las bases imponibles del IRPF se definen en BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones), que se ajusta anualmente. El mínimo no imponible del IP se define en UI, que se ajusta diariamente. Esto significa que los umbrales se actualizan automáticamente con la inflación.
Tu Checklist Fiscal 2026
Para que no se te pase nada, acá va tu lista de tareas fiscales para 2026:
- Enero: Pagá la 1era cuota de contribución inmobiliaria (o pagá todo el año con descuento)
- Febrero: Si sos independiente, juntá toda la documentación de 2025 para la declaración anual
- Marzo-Abril: Consultá con tu contador para preparar las declaraciones juradas
- Junio: Verificá que te paguen el aguinaldo antes del 30
- Julio-Agosto: Presentá la DDJJ de IRPF y/o IP según corresponda
- Octubre: Última cuota de contribución inmobiliaria
- Diciembre: Verificá que te paguen el segundo aguinaldo antes del 24
- Todo el año: Mantené al día los pagos mensuales de BPS, IVA y anticipos de IRPF
Referencias y Recursos
- DGI - Calendario de vencimientos - Calendario oficial con fechas exactas por grupo
- BPS - Calendario de pagos - Fechas de aportes patronales y personales
- Intendencia de Montevideo - Contribución Inmobiliaria - Cuotas y descuentos por pago anticipado
- Texto Ordenado 1996 - Normativa tributaria completa
- BCU - Valores de UI y BPC - Valores actualizados de unidades de referencia
Fuentes y verificación
Este artículo se contrastó contra fuentes oficiales antes de publicarse y se revisa periódicamente. Si encontrás información desactualizada o querés señalar un error, escribinos y lo corregimos.
Cómo investigamos cada artículo →Sobre el autor
Equipo Ahorrin
Equipo editorial
El equipo editorial de Ahorrin investiga y escribe contenido sobre finanzas personales en Uruguay. Liderado por Federico, fundador de Ahorrin.