Hay un impuesto en Uruguay del que se habla poco pero que puede pegarte fuerte si no lo tenés en el radar: el Impuesto al Patrimonio. No es como el IRPF que te lo descuentan del sueldo automáticamente. Este lo tenés que declarar y pagar vos, y si no sabés que te corresponde, te puede caer una sorpresa desagradable con multas y recargos.
La buena noticia es que la enorme mayoría de los uruguayos no paga este impuesto. Solo aplica a patrimonios que superan cierto umbral, que hoy equivale a varios millones de pesos. Pero si tenés una casa, un auto, ahorros en el banco, y alguna inversión, no es tan descabellado que estés más cerca del límite de lo que pensás.
En esta guía te explico quién paga, cuánto se paga, qué bienes cuentan, cuáles no, y cómo hacer el cálculo. Con números reales de 2026 y ejemplos concretos.
¿Qué es el Impuesto al Patrimonio?
El Impuesto al Patrimonio (IP) es un tributo anual que grava el patrimonio neto de las personas y empresas en Uruguay. Patrimonio neto significa tus bienes menos tus deudas. Si lo que tenés vale más que lo que debés, y ese patrimonio neto supera cierto mínimo, pagás este impuesto.
Es un impuesto que existe desde hace décadas en Uruguay. No es nuevo ni excepcional. De hecho, Uruguay es uno de los pocos países del mundo que todavía tiene un impuesto al patrimonio de personas físicas. En la mayoría de los países lo eliminaron hace años. Acá sigue vigente.
El impuesto se liquida una vez al año, al cierre del ejercicio fiscal (31 de diciembre). Tomás una foto de tu patrimonio al 31 de diciembre, le restás las deudas, le restás el mínimo no imponible, y sobre lo que queda aplicás las tasas correspondientes.
La DGI (Dirección General Impositiva) es quien administra este impuesto. La declaración jurada se presenta generalmente entre mayo y junio del año siguiente al que estás declarando. Es decir, el patrimonio al 31/12/2025 lo declarás y pagás en 2026.
¿Quién paga el Impuesto al Patrimonio?
El IP tiene dos sujetos pasivos principales:
Personas físicas
Si sos una persona física residente en Uruguay, pagás IP sobre tu patrimonio neto que supere el mínimo no imponible. Aplica a todos los bienes situados en territorio nacional.
Si sos no residente pero tenés bienes en Uruguay (por ejemplo, un apartamento), también pagás IP por esos bienes.
Personas jurídicas (empresas)
Las empresas contribuyentes de IRAE también pagan IP. Las tasas para empresas son diferentes (y más altas) que para personas físicas.
En este post nos vamos a concentrar en las personas físicas, que es lo que le interesa a la mayoría de los lectores.
¿Cuándo NO pagás?
- Si tu patrimonio neto no supera el mínimo no imponible (unos 4 millones de UI)
- Si todos tus bienes están exonerados (más adelante vemos cuáles son)
- Si sos contribuyente de IRAE y ya pagás IP como empresa
La mayoría de los uruguayos con un sueldo promedio, un auto usado y sin propiedades, no llegan ni cerca del mínimo. Pero si tenés un apartamento en Pocitos y algún ahorro, la cosa cambia.
El Mínimo No Imponible: ¿Cuánto Tenés que Tener?
El mínimo no imponible del IP para personas físicas es de aproximadamente 4.450.000 UI (Unidades Indexadas). Con la UI a $6,40 aproximadamente en abril de 2026, eso equivale a:
4.450.000 UI x $6,40 = $28.480.000 pesos uruguayos
Esto son aproximadamente USD 665.000 al tipo de cambio de abril 2026.
Ojo: este es el mínimo para una persona sola. Si sos un núcleo familiar (matrimonio o unión concubinaria), el mínimo se duplica:
Mínimo para núcleo familiar: ~8.900.000 UI = ~$56.960.000 pesos = ~USD 1.330.000
Esto es importante. Si estás en pareja y los dos tienen bienes, pueden optar por declarar como núcleo familiar y usar el doble del mínimo no imponible. En muchos casos, esto hace que no tengan que pagar nada.
| Tipo de contribuyente | Mínimo no imponible (UI) | Mínimo en pesos (aprox.) | Mínimo en USD (aprox.) |
|---|---|---|---|
| Persona física sola | ~4.450.000 UI | $28.480.000 | USD 665.000 |
| Núcleo familiar | ~8.900.000 UI | $56.960.000 | USD 1.330.000 |
¿Cómo se calcula el patrimonio neto?
Tu patrimonio neto es la suma de todos tus bienes gravados menos tus pasivos (deudas) computables. Es un cálculo simple en concepto pero que requiere ser metódico.
Patrimonio Neto = Bienes Gravados - Deudas Computables
Si ese número es mayor al mínimo no imponible, pagás IP sobre el excedente.
¿Qué Bienes Cuentan como Patrimonio?
Acá es donde la cosa se pone concreta. No todo lo que tenés cuenta para el IP. Hay bienes que están gravados y bienes que están exonerados.
Bienes gravados (que sí cuentan)
| Tipo de bien | Cómo se valúa |
|---|---|
| Inmuebles (casas, apartamentos, terrenos) | Valor real catastral fijado por la Dirección Nacional de Catastro |
| Vehículos (autos, motos, camionetas) | Valor de mercado según ficto de DGI |
| Depósitos bancarios en moneda extranjera | Saldo al 31/12, tipo de cambio del BCU |
| Inversiones financieras | Valor de cotización o valor nominal |
| Créditos a cobrar | Valor nominal |
| Muebles y enseres del hogar | Ficto del 10% del valor de inmuebles |
| Activos de empresas unipersonales | Según balance |
| Obras de arte y joyas | Valor de mercado |
Inmuebles son el componente principal del patrimonio de la mayoría de los uruguayos. Un apartamento de dos dormitorios en Pocitos tiene un valor catastral que puede andar entre $3.000.000 y $8.000.000, dependiendo de la zona exacta y el metraje. Ojo: el valor catastral suele ser menor al valor de mercado, pero no siempre.
Vehículos se valúan según las tablas que publica DGI. Un auto 0km de gama media puede valer entre $800.000 y $1.500.000. Un auto de 5 años ya vale mucho menos.
Depósitos en moneda extranjera cuentan al tipo de cambio del 31 de diciembre. Si tenés USD 30,000 en el banco, al tipo de cambio de $42,80 eso son $1.284.000.
Bienes exonerados (que NO cuentan)
Esta lista es crucial porque puede hacer una diferencia enorme en tu cálculo.
| Bien exonerado | Detalle |
|---|---|
| Depósitos en moneda nacional (pesos) | Totalmente exonerados |
| Títulos de deuda pública uruguaya | Letras de regulación monetaria, bonos del gobierno |
| Obligaciones negociables emitidas por empresas uruguayas | Con ciertas condiciones |
| Acciones de SA con cotización bursátil | Si cotizan en bolsa uruguaya |
| Cuotas partes de fondos de inversión | Bajo ciertas condiciones |
| Bienes muebles de uso personal | Ropa, electrodomésticos de uso cotidiano |
| Inmueble rural explotado | Si es tu medio de vida y cumple ciertos requisitos |
| Vivienda propia permanente | Parcialmente exonerada (hay un ficto menor) |
La exoneración de depósitos en moneda nacional es enorme. Si tenés $5.000.000 en una cuenta de ahorro en pesos, no cuenta para el IP. Pero si tenés USD 100.000 en una caja de ahorro en dólares, sí cuenta.
Los títulos de deuda pública también son clave. Si invertís en letras del BCU o bonos del gobierno uruguayo, esas inversiones no cuentan como patrimonio gravado. Esto hace que los bonos soberanos sean atractivos no solo por su rendimiento sino también por su ventaja fiscal.
¿Sabés cuánto tenés realmente?
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Las Tasas del Impuesto al Patrimonio
El IP para personas físicas es progresivo. Cuanto más patrimonio tenés por encima del mínimo, mayor es la tasa que pagás sobre el excedente. Pero como el IRPF, es progresivo por franjas: cada tramo paga su propia tasa.
Tasas para personas físicas (2026)
| Tramo de patrimonio neto (en UI sobre el mínimo) | Tasa |
|---|---|
| Hasta 2.225.000 UI (~$14.240.000) | 0,7% |
| De 2.225.000 a 4.450.000 UI (~$14.240.000 a ~$28.480.000) | 1,0% |
| De 4.450.000 a 8.900.000 UI (~$28.480.000 a ~$56.960.000) | 1,4% |
| Más de 8.900.000 UI (~$56.960.000) | 1,5% (tasa marginal máxima) |
Estas tasas se aplican sobre el excedente por encima del mínimo no imponible. Es decir, si tu patrimonio neto es exactamente igual al mínimo, pagás $0.
Tasas para núcleo familiar
Si optás por declarar como núcleo familiar, los tramos se duplican (porque el mínimo no imponible también se duplica). Las tasas son las mismas, pero aplicadas sobre montos mayores.
Tasas para empresas (referencia)
| Tipo de empresa | Tasa |
|---|---|
| Contribuyentes de IRAE (industria y comercio) | 1,5% |
| Entidades financieras | 2,8% |
| Inmuebles rurales de entidades | 1,5% |
Las empresas no tienen mínimo no imponible ni franjas progresivas. Pagan la tasa plana sobre todo su patrimonio neto.
Cómo Calcular Tu Impuesto al Patrimonio: Paso a Paso
Vamos con un ejemplo concreto para que quede claro.
Listá todos tus bienes gravados
Inmuebles, vehículos, depósitos en ME, inversiones, créditos a cobrar, muebles (ficto del 10% de inmuebles).
Sumá el valor de todos los bienes
Usá los valores catastrales para inmuebles, tablas DGI para vehículos, saldos bancarios al 31/12 para depósitos.
Restá tus deudas computables
Hipotecas, préstamos bancarios, deudas con tarjeta. Solo deudas documentadas y comprobables.
Restá el mínimo no imponible
~$28.480.000 si sos persona sola, ~$56.960.000 si declarás como núcleo familiar.
Aplicá las tasas por tramo al excedente
Cada franja paga su tasa. Sumá el impuesto de cada tramo para obtener el total.
Ejemplo 1: Profesional soltero con apartamento
Situación: Martín es ingeniero, soltero, tiene un apartamento en Cordón y un auto.
| Bien | Valor |
|---|---|
| Apartamento en Cordón (valor catastral) | $5.200.000 |
| Auto 2022 (tabla DGI) | $650.000 |
| Depósitos en USD (USD 25,000 x $42,80) | $1.070.000 |
| Muebles y enseres (ficto 10% de inmueble) | $520.000 |
| Total bienes gravados | $7.440.000 |
| Deudas | Valor |
|---|---|
| Préstamo automotor pendiente | $280.000 |
| Total deudas | $280.000 |
Patrimonio neto: $7.440.000 - $280.000 = $7.160.000
Mínimo no imponible: $28.480.000
¿Paga IP? No. Su patrimonio neto ($7.160.000) está muy por debajo del mínimo no imponible ($28.480.000). Martín no tiene que presentar declaración jurada de IP ni pagar nada.
Ejemplo 2: Matrimonio con propiedades
Situación: Laura y Carlos están casados. Tienen un apartamento en Pocitos, una casa en Atlántida, dos autos y ahorros.
| Bien | Valor |
|---|---|
| Apartamento en Pocitos (valor catastral) | $12.500.000 |
| Casa en Atlántida (valor catastral) | $6.800.000 |
| Auto 2024 de Laura (tabla DGI) | $1.100.000 |
| Auto 2021 de Carlos (tabla DGI) | $520.000 |
| Depósitos en USD (USD 80,000 x $42,80) | $3.424.000 |
| Depósitos en pesos | $0 (exonerados) |
| Letras del BCU (USD 20,000) | $0 (exonerados) |
| Muebles y enseres (10% de inmuebles) | $1.930.000 |
| Total bienes gravados | $26.274.000 |
| Deudas | Valor |
|---|---|
| Hipoteca pendiente | $4.200.000 |
| Total deudas | $4.200.000 |
Patrimonio neto: $26.274.000 - $4.200.000 = $22.074.000
Como núcleo familiar, mínimo no imponible: $56.960.000
¿Pagan IP? No. Su patrimonio neto conjunto ($22.074.000) está por debajo del mínimo para núcleo familiar ($56.960.000). No pagan nada.
Fijate que si Laura declarara sola (mínimo $28.480.000), tampoco pagaría. Pero siempre conviene evaluar ambos escenarios.
Ejemplo 3: Persona con patrimonio alto
Situación: Roberto tiene 58 años, tres inmuebles, inversiones significativas.
| Bien | Valor |
|---|---|
| Casa en Carrasco (valor catastral) | $18.000.000 |
| Apartamento en Punta del Este (valor catastral) | $14.500.000 |
| Local comercial (valor catastral) | $8.200.000 |
| Dos vehículos | $2.800.000 |
| Depósitos en USD (USD 200,000) | $8.560.000 |
| Depósitos en pesos | $0 (exonerados) |
| Bonos gobierno uruguayo | $0 (exonerados) |
| Muebles y enseres (10% de inmuebles) | $4.070.000 |
| Total bienes gravados | $56.130.000 |
| Deudas | Valor |
|---|---|
| Hipoteca casa Carrasco | $5.600.000 |
| Total deudas | $5.600.000 |
Patrimonio neto: $56.130.000 - $5.600.000 = $50.530.000
Mínimo no imponible (persona sola): $28.480.000
Excedente gravado: $50.530.000 - $28.480.000 = $22.050.000
Ahora aplicamos las tasas por tramo:
| Tramo | Monto | Tasa | Impuesto |
|---|---|---|---|
| Primer tramo (hasta ~$14.240.000) | $14.240.000 | 0,7% | $99.680 |
| Segundo tramo (~$14.240.000 a ~$28.480.000) | $7.810.000 | 1,0% | $78.100 |
| Total IP anual | $177.780 |
Roberto paga aproximadamente $177.780 por año de Impuesto al Patrimonio. Son unos $14.815 por mes si lo prorrateás. No es poco, pero tampoco es catastrófico para alguien con un patrimonio de más de 50 millones de pesos.
Fijate que Roberto tiene bonos del gobierno exonerados y depósitos en pesos exonerados. Si esos USD 200,000 en depósitos los tuviera en pesos o en bonos soberanos, su patrimonio gravado bajaría en $8.560.000 y probablemente pagaría bastante menos.
Estrategias Legales para Reducir el IP
No te estoy diciendo que evadas impuestos. Te estoy diciendo que hay formas legales y válidas de reducir tu base imponible del IP.
1. Invertí en títulos exonerados
Los bonos del gobierno uruguayo, las letras de regulación monetaria del BCU y ciertos valores bursátiles están exonerados de IP. Si tenés USD 50,000 en una caja de ahorro en dólares, eso cuenta para el IP. Si los pasás a letras del BCU en UI, no cuentan. Y encima te dan rendimiento.
2. Mantené depósitos en moneda nacional
Los depósitos en pesos uruguayos están exonerados. Si no necesitás tener dólares en la cuenta, cada peso que tengas en moneda nacional reduce tu patrimonio gravado.
3. Optá por núcleo familiar si corresponde
Si estás en pareja y ambos tienen bienes, declarar como núcleo familiar duplica el mínimo no imponible. Para muchas familias, esto puede significar la diferencia entre pagar y no pagar.
4. Revisá los valores catastrales
Los inmuebles se valúan al valor catastral, no al valor de mercado. Si creés que el valor catastral de tu propiedad está sobrevaluado, podés solicitar una revisión a la Dirección Nacional de Catastro.
5. Computá todas tus deudas
No te olvides de restar las deudas. Hipotecas, préstamos personales, saldos de tarjeta de crédito documentados, todo resta del patrimonio bruto. Asegurate de incluir todas las deudas al 31 de diciembre.
6. Evaluá la estructura de tus inversiones
Si tenés inversiones financieras importantes, un contador puede ayudarte a estructurarlas de forma que minimicen el impacto del IP sin comprometer el rendimiento. Fondos de inversión locales, bonos soberanos, acciones con cotización bursátil: todos tienen tratamientos fiscales diferentes.
¿Cómo se Presenta la Declaración?
La declaración jurada del IP se presenta ante la DGI, generalmente entre mayo y junio del año siguiente.
Juntá la información al 31 de diciembre
Valores catastrales, saldos bancarios, tabla de vehículos, deudas pendientes. Todo al último día del año.
Hacé el cálculo del patrimonio neto
Bienes gravados menos deudas. Si queda por debajo del mínimo, no tenés que presentar declaración (salvo que DGI te la exija).
Presentá el formulario 1006 en DGI online
Entrás a Servicios en Línea de DGI con tu usuario, completás el formulario y lo enviás electrónicamente.
Pagá el impuesto resultante
Podés pagar en RedPagos, Abitab, por débito bancario o con tarjeta. También podés fraccionar el pago en cuotas.
¿Es obligatorio presentar la declaración si no llegás al mínimo?
En principio, no. Si tu patrimonio neto no supera el mínimo no imponible, no estás obligado a presentar declaración jurada de IP. Pero la DGI puede exigirte que la presentes si tiene indicios de que tu patrimonio podría superar el mínimo. Esto pasa especialmente si tenés propiedades registradas a tu nombre.
¿Qué pasa si no presentás y debías presentar?
La DGI te aplica multas por contravención (no presentar la declaración) y recargos por mora (no pagar el impuesto a tiempo). Los recargos de la DGI son de los más altos de la administración pública, así que no te conviene deber plata a la DGI.
IP y la Vivienda Propia: ¿Cómo Funciona?
Un tema que genera muchas dudas es cómo tributa la vivienda propia en el IP. La respuesta tiene matices.
Tu vivienda permanente (donde vivís) está gravada por el IP al valor catastral, pero tiene un tratamiento especial. El ficto de muebles y enseres del hogar (10% del valor de inmuebles) incluye la vivienda propia.
Sin embargo, la vivienda propia no tiene una exoneración total automática como en otros países. Cuenta como parte de tu patrimonio. Lo que sí pasa es que el valor catastral suele ser significativamente menor al valor de mercado, lo que naturalmente reduce el impacto.
Ejemplo: Tu apartamento se vende en el mercado a USD 180,000 ($7.704.000), pero el valor catastral es de $4.800.000. Para el IP se usa el valor catastral, no el de mercado.
Si tenés una hipoteca sobre esa vivienda, el saldo pendiente de la hipoteca se resta como deuda. Un apartamento con valor catastral de $4.800.000 y una hipoteca de $3.000.000 solo aporta $1.800.000 al patrimonio neto.
IP vs. Contribución Inmobiliaria: No son lo Mismo
Mucha gente confunde el Impuesto al Patrimonio con la Contribución Inmobiliaria. Son dos cosas completamente distintas.
| Concepto | Impuesto al Patrimonio | Contribución Inmobiliaria |
|---|---|---|
| ¿Quién lo cobra? | DGI (gobierno nacional) | Intendencia municipal |
| ¿Qué grava? | Todo tu patrimonio neto | Solo inmuebles |
| ¿Cómo se calcula? | Sobre patrimonio neto total | Sobre valor catastral del inmueble |
| ¿Hay mínimo? | Sí (~$28.480.000) | No, se paga desde el primer peso |
| ¿Frecuencia? | Anual | Anual (en cuotas) |
| ¿Quién presenta? | Vos ante DGI | Se genera automáticamente |
La contribución inmobiliaria la pagás sí o sí si tenés una propiedad, sin importar tu patrimonio total. Es un impuesto municipal sobre el inmueble en sí. El IP es un impuesto nacional sobre tu patrimonio global.
Impuesto al Patrimonio para No Residentes
Si vivís en el exterior pero tenés bienes en Uruguay (un apartamento de vacaciones, por ejemplo), también estás sujeto al IP por esos bienes situados en Uruguay.
Los no residentes tributan a una tasa diferente y no tienen mínimo no imponible. La tasa para no residentes es generalmente más alta que para residentes, lo que hace que la carga fiscal sea proporcionalmente mayor.
Si sos no residente con bienes en Uruguay, lo ideal es que te asesores con un contador uruguayo para cumplir correctamente con las obligaciones fiscales.
Cambios Recientes y Tendencias
El IP es un impuesto que periódicamente está en discusión política en Uruguay. Algunos sectores proponen eliminarlo (como hicieron la mayoría de los países del mundo) y otros proponen aumentarlo.
En los últimos años, los cambios más relevantes fueron:
- Ajustes del mínimo no imponible por inflación (el mínimo se actualiza en UI, que se ajusta automáticamente)
- Modificaciones en las tasas para ciertos tipos de bienes
- Mayor control de la DGI sobre patrimonios no declarados, especialmente cruzando datos con el catastro y el sistema financiero
Es probable que el IP siga existiendo en Uruguay por un buen rato más. Lo mejor que podés hacer es entenderlo, calcularlo correctamente, y aprovecharte de las exoneraciones legales que existen.
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Preguntas Frecuentes
¿Los jubilados pagan Impuesto al Patrimonio?
Sí. Los jubilados pagan IP como cualquier persona física si su patrimonio neto supera el mínimo no imponible. No hay exoneración por edad o por ser jubilado. Lo que no pagan es IRPF (pagan IASS en su lugar), pero el IP aplica igual.
¿Mi auto cuenta para el patrimonio?
Sí. Los vehículos son bienes gravados por el IP. Se valúan según las tablas que publica DGI anualmente. Un auto viejo vale poco, pero un auto nuevo o de alta gama puede sumar bastante al patrimonio.
¿Los aportes a AFAP cuentan como patrimonio?
No. Los fondos acumulados en tu cuenta de AFAP no se computan como patrimonio a efectos del IP. Están exonerados.
¿Si tengo acciones de empresas extranjeras, cuentan?
En principio, los bienes situados en el exterior de personas físicas residentes no están gravados por el IP uruguayo. Uruguay tiene un régimen de fuente territorial. Pero hay excepciones y la normativa es compleja. Si tenés inversiones en el exterior, consultá con un contador.
¿Puedo pagar el IP en cuotas?
Sí. La DGI permite fraccionar el pago del IP. Generalmente se puede pagar en hasta 5 cuotas bimestrales. También podés solicitar facilidades de pago especiales si la DGI las ofrece para el período.
¿Cada cuánto cambian los valores catastrales?
Los valores catastrales los fija la Dirección Nacional de Catastro y se actualizan periódicamente. No cambian todos los años. Puede pasar que el valor catastral de tu propiedad no se haya actualizado en varios años, lo que puede jugar a tu favor (valor catastral menor al de mercado).
¿Qué pasa si vendo una propiedad durante el año?
El IP se calcula sobre los bienes que tenés al 31 de diciembre. Si vendiste una propiedad en marzo, no la incluís en el patrimonio de ese año. Pero si la vendiste y la plata la tenés en una cuenta en dólares al 31/12, esos dólares sí cuentan.
¿El impuesto al patrimonio de empresas es diferente?
Sí. Las empresas contribuyentes de IRAE pagan una tasa fija del 1,5% sobre todo su patrimonio neto, sin mínimo no imponible ni franjas progresivas. Es un cálculo más simple pero una tasa más dura.
Resumen: ¿Te Toca Pagar?
Para la gran mayoría de los uruguayos, el Impuesto al Patrimonio no aplica. Necesitás tener un patrimonio neto superior a $28.480.000 (persona sola) o $56.960.000 (núcleo familiar) para empezar a pagar.
Pero si tenés propiedades, ahorros significativos en dólares, y otros bienes, no asumas que no te toca. Hacé el cálculo, revisá las exoneraciones, y si estás cerca del límite, considerá estrategias como invertir en títulos exonerados o declarar como núcleo familiar.
Y si ya sabés que pagás IP, asegurate de estar aprovechando todas las exoneraciones legales disponibles. Un buen contador puede ahorrarte varias veces lo que le pagás.
Referencias y Recursos
- DGI - Impuesto al Patrimonio Personas Físicas - Información oficial, formularios y normativa
- Texto Ordenado 1996 - Título 14 - Normativa legal del IP
- Dirección Nacional de Catastro - Consulta de valores catastrales
- BCU - Unidad Indexada - Valor actualizado de la UI
- BPC actualizada - Base de Prestaciones y Contribuciones vigente
Fuentes y verificación
Este artículo se contrastó contra fuentes oficiales antes de publicarse y se revisa periódicamente. Si encontrás información desactualizada o querés señalar un error, escribinos y lo corregimos.
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